Se debate en el presente expediente la posibilidad de tomar anotación preventiva de un mandamiento de embargo dictado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria emitido electrónicamente y presentado por triplicado, en el que se indica al pie de la primera página que se trata de un documento firmado electrónicamente firmado y que su autenticidad es verificable mediante código seguro de validación en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en la segunda figura además de lo anterior el nombre de la firmante, su cargo de la técnica jefa del Grupo Regional de Recaudación.

Fecha: 
Viernes, 13 Octubre, 2017