RESOLUCIÓN JUS/3342/2009, de 25 de noviembre, por la que se anuncia el concurso para la provisión de notarías vacantes.



De acuerdo con el artículo 147.1.a) del Estatuto de autonomía de Cataluña, esta Comunidad Autónoma ha asumido la competencia ejecutiva con respecto a la convocatoria, administración y resolución de los concursos para la provisión de notarías vacantes en el ámbito territorial mencionado.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 88 al 96, y otros concordantes del Reglamento de la organización y régimen jurídico del notariado, aprobado por el Decreto de 2 de junio de 1944, dentro de los turnos a que se refiere el artículo 88, según redacción dada por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, se deben proveer las notarías que se hallen vacantes al día de la fecha.

El Reglamento de organización y régimen jurídico del notariado, de 2 de junio de 1944, reformado por el Real decreto 45/2007, de 19 de enero, es la norma que rige la convocatoria y resolución de los concursos para proveer las notarías vacantes, en sus artículos 93 y siguientes. Considerando la asunción de competencias ejecutivas por la Comunidad Autónoma de Cataluña referentes a la convocatoria, administración y resolución de los concursos, se hace preciso que se adopten medidas específicas de coordinación entre las administraciones públicas competentes consistentes, entre otras, en una convocatoria simultánea y en el análisis conjunto entre la Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas de las solicitudes presentadas para que ulteriormente cada administración resuelva respecto de las vacantes a que se refiere su ámbito territorial.

Para dar cumplimiento a lo que establece el Estatuto de autonomía de Cataluña en relación con los derechos de los ciudadanos a utilizar la lengua propia en las oficinas públicas demarcadas en Cataluña, es necesario atenerse a lo que dispone la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

En cumplimiento de las funciones atribuidas a la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas del Departamento de Justicia mediante el Decreto 417/2006, de 14 de noviembre (DOGC núm. 4762, de 16.11.2006),

Resuelvo:

.1 Plazas

Se ofrecen en este concurso todas aquellas vacantes radicadas en el territorio de Cataluña que se han producido hasta la fecha, las cuales se detallan en el anexo 1 de esta Resolución.

.2 Condiciones de participación

Pueden participar en la convocatoria todos aquellos notarios y notarias que, con independencia del lugar donde radique la notaría que sirva el solicitante, cumplan con los requisitos que dispone el artículo 94 del Reglamento notarial y no estén incursos en las limitaciones recogidas en el artículo 95 del citado texto legal.

.3 Acreditación de la lengua catalana

Con el fin de dar cumplimiento a lo que disponen los artículos 33 y 147 del Estatuto de autonomía de Cataluña y el artículo 14.5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, los participantes en el concurso deberán acreditar que el despacho de la notaría vacante a la que aspiren radicada en Cataluña estará en condiciones de atender a los ciudadanos y ciudadanas en cualquiera de las dos lenguas oficiales, así como contar con personal que tenga conocimiento adecuado y suficiente para ejercer las funciones propias de su puesto de trabajo.

A tal efecto, la acreditación de conocimiento de catalán se debe efectuar en el momento de presentación de la solicitud de participación en el concurso, y se puede llevar a cabo por cualquiera de los medios siguientes:

Disponer la persona participante del nivel de lengua catalana correspondiente al certificado B o C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación en el concurso con testimonio notarial o fotocopia compulsada de la certificación acreditativa.

Declaración jurada o promesa formal de que la persona participante se compromete a disponer de personal contratado con la categoría profesional de oficial jurídico que disponga del certificado de nivel C de conocimiento de catalán de la Secretaría de Política Lingüística, o de uno de los otros títulos, diplomas y certificados equivalentes establecidos por la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, por la que se refunden y actualizan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de catalán de la Secretaría de Política Lingüística. En este caso, se deberá acompañar la solicitud de participación con la declaración jurada o la promesa formal.

Los participantes pueden consultar la Orden VCP/491/2009, de 12 de noviembre, a través de la web de Internet http://www6.gencat.cat/llengcat/certific/equiv.htm.

.4 Modelos y plazos de presentación de solicitudes

La solicitud para tomar parte en esta convocatoria, que deberá reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial, será única para cada participante, aunque se soliciten vacantes radicadas en el resto del Estado y que, por tanto, figuren en la convocatoria que simultáneamente a ésta se realice por la Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia.

La solicitud puede presentarse tanto en el Registro General del Ministerio de Justicia como en el Registro General del Departamento de Justicia de la Generalidad de Cataluña, y en los registros a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, indicando en la instancia el orden de preferencia, si solicitan más de una notaría, aunque correspondan a turnos diferentes.

En caso de que se presente más de una solicitud por participante ante la misma o distinta Administración, únicamente será considerada válida y tenida en cuenta a todos los efectos la presentada en primer lugar, y quedarán automáticamente invalidadas las restantes solicitudes.

Los titulares de notarías que radiquen fuera de la Península podrán tomar parte en los concursos mediante telegramas, que deberán contener las mismas indicaciones que la instancia. Una vez presentada ésta, ningún concursante podrá ampliar, disminuir o modificar su solicitud.

Las solicitudes se deben ajustar al modelo publicado en los anexos 2 y 2/1 de la presente Resolución, que estarán disponibles en las webs http://www20.gencat.cat/portal/site/Justicia y www.mjusticia.es (oficina electrónica), y deben reunir los requisitos establecidos en el artículo 94 del Reglamento notarial.

Las solicitudes deben presentarse en el plazo de quince días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las resoluciones de convocatoria en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya, o a partir del día siguiente al de la publicación en el último diario oficial, en el caso de que la publicación de las convocatorias no se haga simultáneamente en el BOE y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

.5 Resolución

La Dirección General de los Registros y del Notariado y la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas, a los efectos de la resolución del concurso en sus respectivos ámbitos, analizarán y examinarán conjuntamente las solicitudes presentadas.

Una vez efectuado ese análisis, la Dirección General de Derecho y de Entidades Jurídicas dictará una resolución, que comprenderá exclusivamente las adjudicaciones respecto de las vacantes ubicadas en el territorio de Cataluña.

Dicha resolución se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya y en el BOE.

Barcelona, 25 de noviembre de 2009

M. Elena Lauroba Lacasa

Directora general de Derecho y de Entidades Jurídicas

Anexo 1

Notaría Motivo de la vacante Districto
Notarías de primera clase    
Antigüedad en la carrera    
1. Badalona Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Badalona
2. Barcelona Desierta en concurso precedente (Sr. Sexto Presas) Barcelona
3. Girona Desierta en concurso precedente (Sr. Carbonell Aguilar) Girona
4. L'Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sr. Aldaz Riera) L'Hospitalet de Llobregat
5. L'Hospitalet de Llobregat Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) L'Hospitalet de Llobregat
6. Mataró Desierta en concurso precedente (Sra. Berral Casas) Mataró
7. Reus Desierta en concurso precedente (Sr. Huidobro Arreba) Reus
8. Reus Desierta en concurso precedente (Sr. Zozaya Irujo) Reus
9. Sabadell Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
10. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (jubilación del señor Fernández Cadenas) Sant Boi de Llobregat
11. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. M. Jesús Lacruz) Sant Boi de Llobregat
12. Barcelona Por traslado del señor Francisco Antonio Sánchez Sánchez Barcelona
Antigüedad en la clase    
13. Barcelona Desierta en concurso precedente (Sr. Álvarez Angel) Barcelona
14. Barcelona Desierta en concurso precedente (Sr. Calvo Martínez) Barcelona
15. Barcelona Desierta en concurso precedente (jubilación del señor Suárez Losada) Barcelona
16. Girona Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Girona
17. Sant Boi de Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. Bevia Gomis) Barcelona
18. Badalona Por traslado del señor Pablo Pleguezuelos Merino Badalona
Notarías de segunda clase    
Antigüedad en la carrera    
19. Amposta Desierta en concurso precedente (Sr. Sos Ansuategui) Tortosa
20. Blanes Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Santa Coloma de Farners
21. Cambrils Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Reus
22. Cambrils Desierta en concurso precedente (Sra. Corbal San Adrian) Reus
23. Castellar del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
24. Esparreguera Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sant Feliu de Llobregat
25. Figueres Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Figueres
26. Gavà Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Gavà
27. El Prat del Llobregat Desierta en concurso precedente (Sra. M. Rosa Igay Merino) L'Hospitalet de Llobregat
28. Rubí Desierta en concurso precedente (jubilación del señor Santos Sampelayo) Rubí
29. Salou Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tarragona
30. Santa Perpètua de Mogoda Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
31. Vic Desierta en concurso precedente (Sr. Jesús Beneyto Feliu) Vic
32. Granollers Por traslado del señor Carlos Felipe Calatayud Chollet Granollers
33. Manresa Jubilación del señor Jaume Bercovitz Rodríguez-Cano Manresa
34. Olot Por traslado de la señora Montserrat Prieto Santos Olot
35. Sant Andreu de la Barca Por traslado del señor Nestor Alonso Buch Sant Feliu de Llobregat
36. Sant Pere de Ribes Por excedencia de la señora Floran Cañadell Vilanova i la Geltrú
37. Vendrell Creada por el Real decreto 173/2007 El Vendrell
38. Manlleu Por traslado del señor Enrique Pérez Mencio Vic
Antigüedad en la clase    
39. Cerdanyola del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Sabadell
40. Figueres Desierta en concurso precedente (Sra. Heredero Caballería) Figueres
41. Granollers Desierta en concurso precedente (Sr. Veciana García) Granollers
42. Mollet del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto173/2007) Granollers
43. Sant Adrià de Besòs Por traslado de la señora M. Eva Mateo González Santa Coloma de Gramenet
44. Vendrell Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Portabella) El Vendrell
Notarías de tercera clase    
Antigüedad en la carrera    
45. Arenys de Munt Desierta en concurso precedente (Sr. Mestre Gómez) Arenys de Mar
46. Badia del Vallès Desierta en concurso precedente (Sr. Indurain Tornos) Sabadell
47. La Bisbal d'Empordà Desierta en concurso precedente (Sr. Toquelo Cariello) La Bisbal d'Empordà
48. Cabrils Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Mataró
49. Cadaqués Desierta en concurso precedente (Sr. Soler Martín Javato) Figueres
50. Calaf Desierta en concurso precedente (Sr. Jiménez Fueyo) Igualada
51. L'Escala Desierta en concurso precedente (Sr. Miguel Amengual) Girona
52. Flix Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tortosa
53. La Garriga Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
54. Guissona Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Cervera
55. Montornès del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
56. Parets del Vallès Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
57. Roquetes Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Tortosa
58. Puig-reig Por traslado de la señora M. Fortuny Subirats Berga
59. Balaguer Por traslado de la señora Cristina Denis Real Balaguer
60. Cubelles Por traslado del señor Francisco Javier Lázaro Ayuso Vilanova i la Geltrú
Antigüedad en la clase    
61. Besalú Desierta en concurso precedente (Sra. Mota Papaseit) Olot
62. Cardedeu Desierta en concurso precedente (creada por el Real decreto 173/2007) Granollers
63. Cardona Desierta en concurso precedente (Sra. Molinos Gil) Berga
64. La Pobla de Segur Desierta en concurso precedente (Sr. Palasi Roig) Tremp
65. Santa Coloma de Farners Desierta en concurso precedente (Sr. Chiner Vives) Santa Coloma de Farners
66. La Seu d'Urgell Desierta en concurso precedente (Sr. Galindo Llangort) La Seu d'Urgell
67. Torroella de Montgrí-l'Estartit Desierta en concurso precedente (Sra. Almansa Losada) La Bisbal d'Empordà
68. Vila-seca Desierta en concurso precedente (Sr. Calvo Saavedra) Tarragona
69. Xerta Desierta en concurso precedente (Sr. Rodríguez Jato) Tortosa

Anexo 2

(Véase anexo en el documento PDF)

Anexo 2/1

(Véase anexo en el documento PDF)

Fecha: 
Jueves, 3 Diciembre, 2009