Resolución de 28 de junio de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se actualiza el anexo incluido en la de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico.



La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes».

Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013 y a la última actualización publicada en la Resolución de 5 de junio, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera.

Madrid, 28 de junio de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa.

        ANEXO

        Diferenciales máximos aplicables al mes de julio a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera

        Vida media de la operación

        Meses

        Tipo fijo máximo
        Diferencial máximo sobre euribor 12 meses
        Diferencial máximo sobre euribor 6 meses
        Diferencial máximo sobre euribor 3 meses
        Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
        1
        3,00
        297
        2
        3,24
        316
        3
        3,34
        315
        326
        4
        3,38
        317
        328
        5
        3,42
        320
        331
        6
        3,49
        316
        327
        338
        7
        3,64
        329
        340
        351
        8
        3,77
        341
        352
        363
        9
        3,88
        351
        362
        373
        10
        3,97
        357
        368
        379
        11
        3,99
        358
        369
        380
        12
        4,06
        351
        362
        374
        385
        13
        4,16
        363
        374
        386
        397
        14
        4,22
        368
        379
        390
        401
        15
        4,28
        372
        383
        395
        406
        16
        4,34
        376
        388
        399
        410
        17
        4,40
        381
        392
        404
        415
        18
        4,46
        386
        397
        408
        419
        19
        4,52
        391
        402
        413
        424
        20
        4,60
        397
        408
        419
        430
        21
        4,69
        403
        414
        425
        436
        Plazo ≥ 22
        4,75
        410
        421
        432
        443
Fecha: 
Martes, 2 Julio, 2013