Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la Sentencia de la Audiencia Provincial de Málaga, sección cuarta, de 9 de octubre de 2008, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 240/2008, seguido ante la Audiencia Provincial de Málaga, sección cuarta, interpuesto por la Dirección General de los Registros y del Notariado, contra la sentencia de fecha 26 de septiembre de 2007, dictada en autos de juicio verbal n.º 1784/2006 del Juzgado de Primera Instancia n.º 15 de Málaga que estimó la demanda interpuesta por don Antonio Gallardo Piqueras, declarando la nulidad de la Resolución de la Dirección General de los Registros y del Notariado de fecha 19 de septiembre de 2009, confirmando la nota registral denegatoria de la inscripción, no haciendo especial pronunciamiento en materia de costas, debiendo cada parte abonar las causadas a su instancia y las comunes, por mitad.
FALLAMOS
Que desestimando el recurso de apelación planteado por el Abogado del Estado, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia n.º 15 de Málaga, procede confirmar la citada resolución, todo ello sin hacer mención expresa sobre las costas procesales causadas en esta alzada. Así por esta nuestra resolución, lo pronunciamos, mandamos y firmamos, don Francisco Javier Arroyo Fie, Presidente, don Joaquín Delgado Baena y don José Luis López Fuentes, Magistrados de la Audiencia Provincial de Málaga, sección cuarta.
Madrid, 24 de junio de 2010.–La Directora General de los Registros y del Notariado, M.ª Ángeles Alcalá Díaz.