De conformidad con lo dispuesto en los artículos 97 a 108, ambos inclusive, y demás concordantes de Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, en redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, por el que se modifica dicho Reglamento y teniendo en cuenta que los ejercicios de la última oposición celebrada entre Notarios concluyeron el 19 de julio de 2005, procede convocar de nuevo oposición entre Notarios antes de que transcurran dos años desde aquella fecha, según lo establecido en el artículo 98 del citado Reglamento.
Según el artículo 97 del Reglamento Notarial, mediante la selección de los concurrentes más aptos, se confiere un abono de antigüedad en la carrera, y de conformidad con el artículo 99 la convocatoria ha de comprender un número de plazas que represente el 1,5 % de todas las Notarías demarcadas en España, es decir, 46 plazas.
En su virtud, y en cumplimiento de lo ordenado por los mencionados artículos reglamentarios, esta Dirección General ha acordado convocar oposición entre Notarios, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.-Se fija en 46 el número de plazas que se convocan.
Segunda.-La oposición se celebrará en Madrid, en el lugar que fije la Dirección General de los Registros y del Notariado.
Tercera. a) Podrán tomar parte en esta oposición los Notarios que se hallen en alguna de las situaciones previstas en el artículo 102 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado.
b) El Tribunal estará compuesto por los miembros que establece el artículo 101 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, y su nombramiento se realizará, según el propio artículo, por Orden del Ministerio de Justicia, dictada a propuesta de la Dirección General de los Registros y del Notariado.
A efectos de asistencias, tendrán categoría primera, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio («Boletín Oficial del Estado» del 30).
c) Los ejercicios de la oposición y el sistema o forma de calificación se ajustará a lo dispuesto en los artículos 105 y 106 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado.
Cuarta.-El segundo ejercicio de la oposición se regirá por el cuestionario que redacte la Dirección General de los Registros y del Notariado en el momento de publicar la convocatoria, según lo dispuesto en el artículo 108 del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, en redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero.
Quinta.-La tasa de derechos de examen será de 27,07 euros. Las solicitudes, cumplimentadas según la base sexta, podrán presentarse para el ingreso de los mencionados derechos de examen y oportuna validación, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
La falta de justificación de abono de los derechos de examen determinará la exclusión de la lista de admitidos a la oposición. De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo.
Sexta.-Las solicitudes se dirigirán a la señora Directora General de los Registros y del Notariado dentro del plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a aquel en que aparezca la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», las cuales podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Justicia, calle Manzana, número 2, Madrid, o en las demás formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Las instancias deberán ajustarse al modelo 790, aprobado por Resolución de 9 de enero de 2002, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública («Boletín Oficial del Estado» del 15). Los impresos están a disposición de los interesados en la oficina de información del Ministerio de Justicia, calle Manzana, 2, Madrid; en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50, 28071 Madrid); en las oficinas de información administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno y en la página web del Ministerio de Administraciones Públicas www.map.es.
De conformidad con el punto tercero de la Resolución antes citada de 9 de enero de 2002, además de las instrucciones que figuran en el modelo aprobado, se expresan a continuación los datos necesarios para cumplimentar el modelo de impreso:
Ministerio: «Justicia».
Centro Gestor: «Dirección General de los Registros y del Notariado».
15. Cuerpo, Escala, Grupo Profesional o Categoría: «Oposición entre Notarios».
El Código no se cumplimentará.
16 y su código y 17 se dejarán en blanco.
18. Ministerio/Órgano/Entidad convocante: «Ministerio de Justicia».
Código se dejará en blanco.
19. Fecha «BOE»: fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.
20. Provincia de examen: «Madrid»
23. En caso de minusvalía o discapacidad, adaptación que se solicita y motivo de la misma: Se especificará la adaptación que se solicita y motivo.
24. Títulos académicos oficiales.
Exigidos en la convocatoria: «Notario».
25. Datos a consignar según las bases de la convocatoria.
En el apartado A) se consignará: «Reúno las condiciones previstas en el párrafo primero del artículo 102 del Reglamento Notarial».
Séptima.-La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, 12 de julio de 2007.-La Directora General de los Registros y del Notariado, Pilar Blanco-Morales Limones.