Fecha:
Miércoles, 3 Noviembre, 2021
|
La registradora señala que no es válida la partición hereditaria realizada en una escritura, no puede hacerse acervo común de tres herencias presentadas porque no resultan herederos las mismas tres personas: no suceden en la misma proporción, ya que sólo uno de ellos es heredero único del hijo premuerto compartiendo en mitad con la legítima del padre del premuerto. La expresión en una partición de herencia de la participación de los herederos en la liquidación del caudal hereditario, y las correspondientes adjudicaciones que se les hacen en pago de las mismas deben tener un reflejo y constancia adecuados, para la seguridad del tráfico y para la protección de los derechos de las personas implicadas y de los terceros. |