La registradora deniega la inscripción de una la finca por proceder de un proyecto de reparcelación que, anterior a la entrada en vigor del Real Decreto 1093/1997, no exigía como requisito para su acceso tabular el archivo en el Registro de los planos correspondientes a la operación de reordenación de terrenos operada. Por tratarse de una representación gráfica georreferenciada alternativa, lo procedente sería dar inicio al expediente regulado en el artículo 199.2 de la LH, que incluye garantías de tutela efectiva de los intereses de terceros afectados con carácter previo a una inscripción registral.

Fecha: 
Miércoles, 10 Marzo, 2021