En la presente escritura, la mercantil Totana Media 89, SL, por una parte y Arquímedes Capital, SL, y don P. J. M. R., por la otra, pactan la permuta de una serie de fincas registrales, acuerdan las partes de que en caso de incumplimiento todos los bienes quedarán en poder de Arquímedes Capital, SL, tanto las fincas que ha recibido en permuta, como la finca que entregó a cambio. Este último punto, en los términos pactados, no puede acceder al registro, por ser contrario a la esencia de la resolución que supone tornar las cosas al estado en que se encontraban antes de celebrar el negocio y, además, porque nos encontramos ante la figura del pacto comisorio prohibido por los arts. 1859 y 1884 CC.

Fecha: 
Jueves, 26 Octubre, 2023