Presentada en el Registro Mercantil escritura pública de ampliación de capital por compensación de créditos a la que se acompaña el acta notarial de la junta celebrada, es calificada negativamente. Debe ser objeto de confirmación pues de la documentación presentada no resulta que los administradores hayan llevado a cabo acción alguna que haya permitido al socio ausente el ejercicio de su derecho de asunción preferente.

Fecha: 
Lunes, 19 Noviembre, 2018