Presentada en el Registro Mercantil el día 17 de junio de 2022 una escritura de cese del administrador único inscrito y de nombramiento de nuevo administrador, el registrador niega las inscripciones solicitadas porque consta presentada en fecha 14 de junio anterior otra escritura autorizada por otro notario en la que se elevan a público acuerdos de cese del mismo administrador único inscrito y nombramiento de otro administrador distinto.. La determinación de cuál de los dos documentos debe prevalecer y servir de título para la práctica de un asiento en el Registro es competencia de los tribunales de Justicia sin que el registrador pueda, en el estrecho ámbito del procedimiento registral, llevar a cabo una decisión que escapa de su competencia.

Fecha: 
Miércoles, 23 Noviembre, 2022