Las novedades legislativas posteriores a la aprobación de la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, así como el perfeccionamiento y coordinación en la gestión tributaria, hacen necesaria la modificación de las cuestiones a las que se refiere la presente Orden Foral.
La Ley Foral 3/2004, de 29 de marzo, por la que se amplía el programa Prever, ha establecido una deducción respecto de la cuota líquida del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas con motivo de la adquisición de determinados vehículos. Esta deducción tiene su introducción en el modelo 184 mediante la presente Orden Foral.
Por otro lado, el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, ha aprobado el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes. Este hecho hace necesario modificar las referencias a la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias, que se encuentran en la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, por la que se aprueba el modelo 184, ya que su vigencia ha sido sustituida por el nuevo texto refundido.
El artículo 36.2.b) de la Ley Foral 23/1983, de 11 de abril, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Foral, atribuye a los Consejeros, en relación con las competencias propias de su Departamento, el ejercicio, mediante Orden Foral, de la potestad reglamentaria.
En consecuencia, y haciendo uso de tal atribución,
ORDENO:
Modificar la Orden Foral 56/2004, de 1 de marzo, por la que se aprueba el modelo 184 de declaración informativa anual a presentar por las entidades en régimen de atribución de rentas y los diseños físicos y lógicos para su presentación por soporte directamente legible por ordenador, y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación telemática por internet, en los siguientes términos:
Uno._En cuanto a la parte expositiva de la Orden Foral, la referencia contenida en su párrafo segundo al apartado 2 del artículo 32 sexies de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias, se entenderá realizada al apartado 2 del artículo 38 del vigente texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
Dos._En cuanto a la parte dispositiva de la Orden Foral:
1.º La referencia, contenida en su apartado Segundo.2, al artículo 32 septies de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias, se entenderá realizada al artículo 39 del vigente texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
2.º La referencia, contenida en el segundo párrafo de la letra b) de su apartado Tercero.1, al artículo 9 de la Ley 41/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y Normas Tributarias, se entenderá realizada al artículo 10 del vigente texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo.
Tres._Se modifica el Anexo I de la Orden Foral, que recoge el impreso 184, cuyo nuevo contenido queda inserto en el Anexo de la presente Orden Foral.
Cuatro._En cuanto al Anexo II de la Orden Foral:
1.º Registro de Entidad (C._Tipo de Registro 2):
a) Posiciones 78-79:
a') Las Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a las Claves I (Deducciones Ley Foral 22/1998) y J (Deducciones Ley Foral 24/1996) serán las siguientes:
POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave I (Deducciones Ley Foral 22/1998):
01 Por Bienes de Interés Cultural.
02 Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades.
03 Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
04 Deducciones en actividades empresariales o profesionales:
4.1 Para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos.
4.2 Para incentivar la realización de determinadas actividades.
4.3 Para incentivar la creación de empleo.
05 Por doble imposición de dividendos.
06 Por doble imposición internacional.
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave J (Deducciones Ley Foral 24/1996):
01 Por doble imposición interna.
02 Por doble imposición internacional.
03 Deducciones para incentivar:
3.1 Inversiones en activos fijos materiales nuevos.
3.2 Incentivos creación de empleo.
04 Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.
05
06 Otras deducciones (Ley Foral 24/1996).
b') En las Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la clave K (Retenciones e ingresos a cuenta soportados por la entidad) el campo 05 tendrá el siguiente contenido:
"05. Por bonificaciones otorgadas conforme al programa PREVER (Ley Foral 3/2004, de 29 de marzo). Importe deducible."
b) Posiciones 221-232:
a') Para determinar el contenido del campo "BASE DE LA DEDUCCION/IMPORTE", en relación con la Clave "I", las referencias a las Subclaves "04", "05", "06", "07" y "08" se entenderán referidas, respectivamente, a las Subclaves "4.1", "4.2", "4.3", "05" y "06".
b') Para determinar el contenido del campo "BASE DE LA DEDUCCION/IMPORTE", en relación con la Clave "J", la referencia a la Subclave "03" se entenderá referida a la "3.1" y la referencia a la Subclave "05" a la "3.2.", quedando sin contenido la Subclave "05".
c) Posiciones 233-244:
Se introduce un nuevo guión con el siguiente contenido:
"_Cuando en el campo "Clave" (posición 77 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "k" y en el campo "Subclave" (posiciones 78 a 79 del registro de tipo 2 del registro entidad) se consigne "05" se indicará en este campo, sin signo y sin coma decimal:
El importe deducible correspondiente a las bonificaciones otorgadas conforme al programa PREVER (Ley Foral 3/2004, de 29 de marzo)."
2.º Registro de Socio, Heredero, Comunero o Partícipe (C._Tipo de Registro 2).
a) Posiciones 94-95.
a') La Clave referida en las Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a los incrementos y disminuciones de patrimonio con período de generación superior a un año (posiciones 94-95) debe ser la G.
b') Las Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a las Claves I (Deducciones Ley Foral 22/1998 del I.R.P.F.) y J (Deducciones Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades) serán las siguientes:
POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCION DE LOS CAMPOS
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave I (Deducciones Ley Foral 22/1998 del I.R.P.F.):
01 Por Bienes de Interés Cultural.
02 Por donativos, donaciones y aportaciones a determinadas entidades.
03 Por rentas obtenidas en Ceuta y Melilla.
04 Deducciones en actividades empresariales o profesionales:
4.1 Para incentivar inversiones en activos fijos materiales nuevos.
4.2 Para incentivar la realización de determinadas actividades.
4.3 Para incentivar la creación de empleo.
05 Por doble imposición de dividendos.
06 Por doble imposición internacional.
Subclaves a utilizar en los registros correspondientes a la Clave J (Deducciones Ley Foral 24/1996 del Impuesto sobre Sociedades):
01 Por doble imposición interna.
02 Por doble imposición internacional.
03 Deducciones para incentivar:
3.1 Inversiones en activos fijos materiales nuevos.
3.2 Incentivos a la creación de empleo.
04 Deducciones para incentivar la realización de determinadas actividades.
05
06 Otras deducciones (Ley Foral 24/1996).
b) Posiciones 96-108:
Se dan nuevas redacciones a los guiones noveno y décimo del campo "IMPORTE. (RENDIMIENTO/RETENCION/DEDUCCION)" en los siguientes términos:
"_Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "I" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", "02", "03", "4.1", "4.2", "4.3", "05" y "06" se indicará en este campo:
Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe.
_Cuando en el campo "Clave" (posición 93 del registro de tipo 2 del registro socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "J" y en el campo "Subclave" (posiciones 94 a 95 del registro de tipo 2 del registro de socio, heredero, comunero o partícipe) se consigne "01", "02", "3.1", 3.2", "04" ó "06", se indicará en este campo:
Las bases o los importes de deducción que resulten atribuibles al socio, heredero, comunero o partícipe."
Pamplona, 17 de diciembre de 2004._El Consejero de Economía y Hacienda, Francisco J. Iribarren Fentanes.