ORDEN FORAL 182/2008, de 10 de septiembre, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el modelo S-91, de Declaración-liquidación de pagos fraccionados, del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes.

El artículo 73 de la Ley Foral 24/1996 de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, indica que los sujetos pasivos de dicho impuesto efectuarán, durante los veinte primeros días naturales del mes de octubre de cada año, un pago anticipado a cuenta de la correspondiente liquidación del ejercicio en curso, disponiendo para ello dos modalidades diferentes. Si los sujetos pasivos optan por la segunda modalidad de pago fraccionado deberán ponerlo de manifiesto de modo expreso en el modelo S-91.

El Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra, aborda el incremento y el perfeccionamiento de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en la aplicación de los tributos en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra, y ello con el objetivo de, por una parte, facilitar a los obligados tributarios el cumplimiento de las obligaciones tributarias (tanto materiales como formales), por otra, respetar sus derechos y garantías, y, finalmente, lograr un mayor grado de eficacia administrativa en la aplicación de los tributos.

En esta Orden Foral se incluyen las condiciones generales y el procedimiento para la presentación telemática por Internet, en los que se hace referencia a los diseños de registros a los que se deberán ajustar los ficheros de las declaraciones-liquidaciones a transmitir por los obligados tributarios que no opten por utilizar el programa de ayuda desarrollado por la Hacienda Tributaria de Navarra. Los mencionados diseños de registros se incluyen en el anexo II de la presente Orden Foral.

La disposición adicional séptima de la Ley Foral 13/2000, de 14 de diciembre, General Tributaria autoriza al Consejero de Economía y Hacienda para regular mediante Orden Foral los supuestos y condiciones en los que contribuyentes y entidades pueden presentar por medios electrónicos, informáticos y telemáticos, declaraciones, comunicaciones, declaraciones-liquidaciones, autoliquidaciones o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria.

En consecuencia,

ORDENO:

Artículo 1.º Aprobación del modelo S-91.

1. Se aprueba el modelo S-91 de Declaración-liquidación de pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes, que figura en el anexo I de esta Orden Foral.

2. La presentación del modelo S-91 podrá realizarse por vía telemática a elección del sujeto pasivo, salvo en el caso de los sujetos pasivos para los que la presentación por vía telemática tenga carácter obligatorio. Esta presentación se realizará con arreglo a las condiciones generales y al procedimiento, previstos en los artículos 4.º y 5.º respectivamente de esta Orden Foral.

3. Si los sujetos pasivos optan por la segunda modalidad de pago fraccionado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 de la Ley Foral 24/1996 de 30 de diciembre, del Impuesto sobre Sociedades, deberán ponerlo de manifiesto de modo expreso en la declaración del modelo S-91, dentro del plazo al que se refiere el artículo 3.º2 de esta Orden Foral.

Artículo 2.º Obligación de declarar.

Estarán obligados a presentar la declaración ajustada al modelo S-91 los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades a los que se refiere el artículo 11 de la Ley Foral 24/1996 que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Convenio Económico, apliquen normativa foral navarra, así como los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 del Convenio Económico, apliquen normativa foral navarra, siempre que deban efectuar los pagos fraccionados de los mencionados impuestos, de conformidad con el artículo 73 de la Ley Foral del Impuesto sobre Sociedades.

Artículo 3.º Lugar, plazo de presentación y forma de pago.

1. El modelo de autoliquidación aprobado por esta orden foral deberá presentarse en el Departamento de Economía y Hacienda de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o remitirse a él por correo certificado, sin perjuicio de las declaraciones que deban presentarse en otras Administraciones en el supuesto de que no se tribute exclusivamente a la Comunidad Foral.

Asimismo, podrá presentarse en las entidades colaboradoras, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional del Decreto Foral 177/2001, de 2 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Comunidad Foral de Navarra.

Cualquier declaración efectuada fuera del plazo establecido en el apartado siguiente habrá de presentarse en dependencias permanentes del Departamento de Economía y Hacienda o remitirse a él por correo certificado.

2. El modelo de declaración-liquidación S-91 deberá presentarse en el plazo de los veinte primeros días naturales del mes de octubre de cada año.

3. Los sujetos pasivos vendrán obligados, dentro del plazo al que se refiere el apartado 2 anterior, a ingresar, en cualquier entidad financiera colaboradora de la Hacienda Pública de Navarra, la deuda tributaria resultante de la autoliquidación practicada. Para efectuar el ingreso utilizarán el modelo "Carta de Pago 720". Además, podrán realizar el ingreso a través de cualquiera de los restantes medios de pago admitidos a tal efecto.

Artículo 4.º Condiciones generales para la presentación telemática del modelo S-91.

1. La presentación telemática del modelo S-91 estará sujeta a las siguientes condiciones:

a) El declarante deberá disponer de Número de Identificación Fiscal (N.I.F.).

b) El declarante deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, en los términos establecidos en el Decreto Foral 50/2006, de 17 de julio, por el que se regula el uso de medios electrónicos, informáticos y telemáticos (EIT) en el ámbito de la Hacienda Tributaria de Navarra.

Los prestadores de servicios de certificación y los certificados electrónicos autorizados se encuentran relacionados en el apartado correspondiente, al que se accede a través de la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es.

c) Si el presentador es una persona o entidad autorizada para presentar declaraciones en representación de terceras personas deberá disponer del certificado electrónico reconocido por la Hacienda Tributaria de Navarra, al que se refiere la letra b) anterior.

d) El declarante o, en su caso, el presentador autorizado deberá utilizar previamente un programa de ayuda para obtener el fichero con la declaración a transmitir, salvo que opte por la utilización del formulario habilitado para la presentación telemática. El programa de ayuda podrá ser el desarrollado por la Hacienda Tributaria de Navarra para las declaraciones correspondientes al modelo S-91, u otro que obtenga un fichero con el mismo formato.

El contenido de dichos ficheros se deberá ajustar a los diseños de registros establecidos en el anexo II de la presente Orden Foral.

e) Los declarantes deberán tener en cuenta las normas técnicas que se requieren para poder efectuar la citada presentación telemática y que se encuentran publicadas en la página web de la Hacienda Tributaria de Navarra, en la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es.

2. En aquellos casos en que se detecten anomalías de tipo formal en la transmisión telemática de declaraciones, dicha circunstancia se pondrá en conocimiento del declarante por el propio sistema mediante los correspondientes mensajes de error, para que proceda a su subsanación.

Artículo 5.º Procedimiento para la presentación telemática por Internet de las declaraciones correspondientes al modelo S-91.

1. El presentador se pondrá en comunicación con la Hacienda Tributaria de Navarra a través de la dirección de Internet http://www.hacienda.navarra.es, y seleccionará el modelo de la declaración a transmitir.

2. A continuación, procederá a transmitir la declaración con la firma digital generada al seleccionar el certificado electrónico referido en la letra b) del apartado 1 del artículo 4.º anterior. Si la declaración es aceptada, la Hacienda Tributaria de Navarra le devolverá los datos del Registro de tipo 1 validados electrónicamente, además de la fecha y hora de la presentación.

En el supuesto de que la presentación fuese rechazada, se mostrará en pantalla la descripción de los errores detectados. En este caso se deberá proceder a subsanar los mismos en el programa de ayuda con el que se generó el fichero o repitiendo la presentación si el error fuese originado por otro motivo.

El presentador deberá imprimir y conservar la declaración aceptada y debidamente validada con el correspondiente código electrónico. Esta declaración le servirá de justificante de la presentación.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se habilita, asimismo, el modelo S-91 para que los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades o del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes que apliquen la normativa estatal efectúen la declaración e ingreso de los pagos fraccionados a la Comunidad Foral de Navarra.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA

A partir de la entrada en vigor de esta Orden Foral quedará sin efecto la Orden Foral 178/2007, de 21 de mayo, en lo relativo al modelo S-91 de declaración liquidación de pagos fraccionados.

DISPOSICIÓN FINAL

Esta Orden Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de Navarra.

Pamplona, 10 de septiembre de 2008.-El Consejero de Economía y Hacienda, Álvaro Miranda Simavilla.

ANEXO I

ANEXO II

Diseños de registros a los que deben ajustarse los ficheros de las declaraciones-liquidaciones a transmitir del modelo S-91

TIPO DE REGISTRO 0

Presentador

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico Tipo de Registro.

Constante '0' (cero).

2-4 Alfanumérico Modelo de presentación.

Constante 'S91'.

5-8 Numérico Ejercicio.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponden las declaraciones incluidas en el soporte.

9-17 Alfanumérico NIF del presentador.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.

18-57 Alfabético Apellidos y nombre o Razón social del presentador.

Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro tipo 1.

58-109 Alfanumérico Relleno a blancos.

110-157 Numérico Contadores de registros incluidos en el soporte.

110-117 Número de registros de tipo 1.

118-125 Número de registros de tipo 2.

126-133 Número de registros de tipo 3.

134-141 Número de registros de tipo 4.

142-149 Número de registros de tipo 5.

150-157 Número de registros de tipo 6.

158 Alfabético Tipo presentación.

'T': Telemática.

159-207 Alfanumérico Persona con quien relacionarse.

Este campo se subdivide en dos:

159-167 Teléfono. Numérico de 9 posiciones.

168-207 Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante en el registro de tipo 1.

208-237 Alfabético Relleno a blancos.

238-250 Alfanumérico Versión programa de ayuda.

Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas de ayuda desarrollados por Hacienda. En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

TIPO DE REGISTRO 1

Declarante

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico Tipo de Registro

Constante '1' (uno).

2-4 Alfanúmero Modelo de presentación.

Constante 'S91'.

5-8 Numérico Ejercicio.

Las cuatro cifras del ejercicio fiscal al que corresponde la declaración.

9-11 Numérico Periodo.

9-9 Trimestre correspondiente: 1, 2, 3, ó 4.

10-11 Mes.

Valores: 01, 02 ..., 12.

(Ejemplo: 101, 102, 103, 204 ....412).

12-17 Numérico Relleno a ceros.

18-26 Alfanumérico NIF del declarante.

Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la última posición el carácter de control, y rellenando con ceros las posiciones de la izquierda.

27-66 Alfabético Apellidos y nombre o Razón Social del declarante.

Si es una persona física se consignará el primer apellido, un espacio, el segundo apellido, un espacio y el nombre completo, necesariamente en este orden.

Para personas jurídicas se consignará la razón social completa, sin anagramas.

67-80 Numérico Relleno a ceros.

81 Alfabético Tipo presentación.

'T': Telemática.

82-130 Alfanumérico Persona con quien relacionarse.

Este campo se subdivide en dos:

82-90 Teléfono. Numérico de nueve posiciones.

91-130 Apellidos y nombre. Se rellenará con el mismo criterio que el especificado para el declarante.

131-143 Numérico Relleno a ceros.

144 Alfabético Relleno a blancos.

145 Alfabético Declaración ordinaria o sustitutiva.

Declaraciones ordinarias: se dejará en blanco.

Declaraciones sustitutivas: se consignará una "S".

146-158 Numérico Número de justificante de la sustituida.

Se rellenará este campo, cuando se trate de una declaración sustitutiva, con el número de justificante de la declaración que ha sido sustituida.

159-178 Numérico Cuenta bancaria para devoluciones y pagos.

Si se solicita devolución o tramitación del pago deberá consignarse la cuenta bancaria.

En cualquier otro caso podrá ir a ceros.

179-179 Numérico. Solicitud tramitación del pago por Hacienda.

Valores:

0: Indica la no solicitud de tramitación del pago.

1: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago en nombre propio de la declaración telemáticamente.

2: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago actuando el presentador en representación del declarante de la declaración telemáticamente.

3: Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago por provisión de fondos por parte del presentador de la declaración telemáticamente.

4: Orden de pago último día de plazo. Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago en nombre propio de la declaración telemáticamente.

5: Orden de pago último día de plazo. Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago actuando el presentador en representación del declarante de la declaración telemáticamente.

6: Orden de pago último día de plazo. Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago por provisión de fondos por parte del presentador de la declaración telemáticamente.

7: Modalidad de pago mediante domiciliación. Sólo en declaraciones que salen a pagar. Indica que se solicita que Hacienda tramite con la entidad bancaria el pago por domiciliación.

Si se opta por la tramitación del pago por parte de Hacienda, la cuenta bancaria anteriormente anotada deberá pertenecer a una entidad bancaria que acepte la modalidad de tramitación elegida. En caso contrario, el fichero será válido en cuanto a la declaración en él contenida, pero la orden de pago no se tramitará.

180-201 Alfanumérico Relleno a blancos.

202-209 Numérico Relleno a ceros.

210-237 Alfanumérico Relleno a blancos.

238-250 Alfanumérico Versión programa de ayuda.

Campo reservado para presentaciones cumplimentadas por los programas oficiales de ayuda desarrollados por Hacienda.

En cualquier otro caso se rellenará a blancos.

TIPO DE REGISTRO 2

Datos numéricos de la declaración

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico Tipo de Registro.

Constante '2' (dos).

2-26 Alfanumérico Posiciones 2 a 26 del registro tipo 1.

27-46 Alfanumérico Casilla, signo e importe.

En este campo deben de consignarse datos económicos de la autoliquidación.

En la tabla final adjunta se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro y en su caso el número de decimales.

Este campo se subdivide en tres:

27-30 Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a 0 por la izquierda.

31-31 Signo del valor. En blanco si es positivo y una "N" si negativo.

32-46 Importe. Numérico de 15 posiciones. Se grabará sin puntos ni comas decimales y ajustado a la derecha. La parte decimal se rellenará a ceros por la derecha hasta cumplir el total de decimales correspondientes al dato. La parte entera se rellenará con ceros a la izquierda.

47-226 Alfanumérico Casilla, signo y valor. Nueve repeticiones.

Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-46 sobre las posiciones 47-66, 67-86, 87-106, 107-126, 127-146, 147-166, 167-186, 187-206, 207-226.

227-250 Alfabético Relleno a blancos.

TIPO DE REGISTRO 3

Datos alfanuméricos de la declaración

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

1 Numérico Tipo de Registro.

Constante '3' (tres).

2-26 Alfanumérico Posiciones 2 a 26 del registro tipo 1.

27-80 Alfanumérico Casilla y detalle del dato.

En la tabla final adjunta se especifica qué datos deben grabarse en este tipo de registro.

Este campo se subdivide en tres:

27-30 Código de la casilla en el impreso. Numérico de 4 posiciones. Relleno a 0 por la izquierda.

31-80 Detalle del dato. Alfanumérico de 50 posiciones. En este campo deben de consignarse datos alfanuméricos de la autoliquidación. Se grabará ajustado a la izquierda y rellenos con blancos a la derecha.

81-188 Alfanumérico Casilla y detalle del dato. Dos repeticiones.

Se repetirá la misma estructura de información definida para las posiciones 27-80 sobre las posiciones 81-134, 135-188.

POSICIONES NATURALEZA DESCRIPCIÓN DE LOS CAMPOS

189-250 Alfabético Relleno a blancos.

(*) Todos los campos numéricos ajustados a la derecha y rellenos de ceros por la izquierda.

(*) Todos los campos alfanuméricos/alfabéticos ajustados a la izquierda y rellenos de blancos por la derecha, en mayúsculas, sin caracteres especiales y sin vocales acentuadas, excepto que se especifique lo contrario en la descripción del campo.

TABLA DE DATOS ESPECÍFICOS DEL MODELO S-91

Modelo

A

3

Obligatorio

Todos

S91

Año

N

4

Obligatorio

Todos

Trimestre (periodo)

N

1

Obligatorio

1 a 3

1, 2, 3 ó 4 según el trimestre al que pertenece el mes declarado

Mes (periodo)

N

2

Obligatorio

1 a 3

04, 10 ó 12 según el periodo seleccionado

DATOS DEL DECLARANTE

NIF/CI declarante

A

9

Obligatorio

Todos

NIF/CI válido

Apellidos y nombre o razón social declarante

A

30

Obligatorio si P.F.

1

Calle, Plaza, Avda.

1000

A

50

3

2 caracteres

Nombre de la vía pública

1001

A

50

3

20 caracteres

Número, Escalera, Piso, Puerta

1002

A

50

3

Teléfono

N

9

1

Código postal

1004

N

15

2

5 dígitos

Localidad

1005

A

50

3

Provincia

1006

N

15

2

2 digitos

Número de justificante

N

13

1

Número de carta de pago

Importe a ingresar

01

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Tipo base del pago fraccionado

02

N

15

2

1 dígito, valores:

1.-Segunda modalidad (base según parte de la base imponible del ejercicio actual).

2.-Primera modalidad (base según cuota del ejercicio anterior.

SOCIEDADES SUJETAS A NORMATIVA FORAL

Base del pago fraccionado

10

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Porcentaje

11

N

15

2

3 dígitos y 2 dec.

Resultado previo. (10x11) ó (20x21)

13

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre ingresos del período computado (sólo modalidad 2)

12

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Resultado. (13-12)

14

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Porcentaje de tributación según Convenio

16

N

15

2

3 dígitos y 2 dec.

A ingresar. (14x16) ó (27-23)

15

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

SOCIEDADES SUJETAS A NORMATIVA ESTATAL

Base del pago fraccionado

20

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Porcentaje

21

N

15

2

3 dígitos y 2 dec.

Resultado previo. (10x11) ó (20x21)

24

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Deducciones y bonificaciones (sólo modalidad 2)

26

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Retenciones e ingresos a cuenta practicados sobre ingresos del período computado (sólo modalidad 2)

22

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Pagos fraccionados realizados anteriormente del mismo período impositivo (sólo los realizados en Navarra)

23

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Resultado. (24-26-22)x28

27

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Porcentaje de tributación según Convenio

28

N

15

2

3 dígitos y 2 dec.

A ingresar. (14x16) ó (27-23)

25

N

15

2

13 enteros y 2 dec.

Fecha: 
Miércoles, 24 Septiembre, 2008