Mediante la escritura cuya calificación ha sido impugnada se elevan a público los acuerdos sociales de disolución de la sociedad unipersonal, y nombramiento de liquidador único, añadiéndose que en consecuencia quedan cesados de su cargo los actuales administradores. El registrador Mercantil suspende la inscripción solicitada porque, a su juicio, deben inscribirse previamente los cargos de administradores solidarios que por la presente se cesan. Basta el acuerdo genérico de cese, sin necesidad de identificar a los afectados y aunque el nombramiento de alguno de los cesados no hubiera accedido al Registro, para que lo haga aquél desde el momento en que no es cuestionable su eficacia ni la falta de aquella inscripción previa permite la denegación de la inscripción del acuerdo respecto de todos los afectados.

Fecha: 
Jueves, 2 Julio, 2020