Mediante decreto de adjudicación y mandamiento de cancelación, dimanantes de un proceso de ejecución hipotecaria, se solicita del Registro la inscripción de la adjudicación de la finca ejecutada y la correspondiente cancelación de la hipoteca que se ejecutó. En el presente supuesto, del decreto objeto de calificación resulta que la finca está arrendada a una entidad ocupante con derecho a permanecer en el inmueble como arrendataria. Por ello debe acreditarse que se le ha notificado la enajenación formalizada, de suerte que pueda ejercitar su derecho de adquisición preferente.

Fecha: 
Martes, 2 Octubre, 2018