En mandamiento del Juzgado de lo Mercantil, del concurso de acreedores de una sociedad, se ordena la cancelación de las anotaciones preventivas de embargo extendidas a favor de la Agencia Estatal de administración Tributaria y a favor de J. P. M. que gravan una finca propiedad de la sociedad. En el auto para cuya efectividad se expide el mandamiento calificado, constando la aprobación del convenio, que el crédito garantizado por la anotación preventiva está sujeto a su contenido y que se dio traslado al acreedor afectado sin que consten alegaciones, resultan cumplidos los requisitos exigidos para proceder a la cancelación de la anotación.

Fecha: 
Lunes, 28 Septiembre, 2020