En este expediente debe decidirse si es o no fundada la negativa de la registradora a practicar el depósito de cuentas de una sociedad que han sido objeto de consolidación voluntaria porque, a su juicio, debe aportarse el informe del auditor de cuentas. Ante la claridad de la normativa y por más que la consolidación contable haya tenido carácter voluntario, no puede sino confirmarse la calificación negativa impugnada.

Fecha: 
Jueves, 17 Diciembre, 2015