En la escritura de compraventa cuya calificación ha sido impugnada la apoderada de los compradores, cónyuges de nacionalidad israelí, manifiesta que están "casados bajo el régimen económico matrimonial legal de su nacionalidad", y que compran y adquieren e ingresan en su patrimonio el inmueble "de conformidad con el régimen económico matrimonial legal de su nacionalidad".

Fecha: 
Miércoles, 19 Febrero, 2025