Es posible el cambio de uso de un local a vivienda, ya que la antigüedad del uso acreditada supera el plazo para que prescriba cualquier acción de restablecimiento de la legalidad urbanística. Se aplica la doctrina de la Dirección General: que forma parte del derecho del propietario de un terreno la facultad de construir y edificar en el mismo siempre que se ejercite de acuerdo con la legislación en materia de ordenación territorial y urbanística aplicable por razón de las características y situación del bien.

Fecha: 
Jueves, 5 Agosto, 2021