Es objeto de este expediente decidir si es inscribible la representación gráfica catastral de una finca rectificando, en consecuencia, su descripción conforme a la misma. Aun constando ya inscrita una segregación conforme a una licencia o autorización administrativa concedida, no puede negarse la posibilidad de rectificar con posterioridad la descripción de las fincas resultantes, sin necesidad de nueva licencia o autorización, siempre y cuando se cumplan los requisitos y procedimientos contemplados para ello en la Ley Hipotecaria

Fecha: 
Miércoles, 25 Septiembre, 2019