Es objeto del presente expediente una herencia con elemento internacional, en la que el causante es de nacionalidad francesa y residencia habitual en España. Dado que su fallecimiento tiene lugar en 2019, es de aplicación el Reglamento (UE) n.º 650/2012. La registradora suspende la inscripción en cuanto, a la vista del testamento, considera debe acreditarse el Derecho sucesorio francés y comparecer el hijo del causante en su herencia. Conforme a la hermenéutica del Reglamento, procede confirmar la nota de la registradora. La prueba de ley de la legislación francesa, se da por la redacción del testamento, en la que se hace remisión expresa a la ley francesa y por la compatibilidad de lo ordenado en el testamento con la propia ley francesa, en la que generalmente se ordena la reserva de la atribución forzosa a los legitimarios y la institución ordenada en favor del cónyuge.

Fecha: 
Lunes, 28 Septiembre, 2020