Es importante diferenciar, cuando se trata de ejecución de créditos contra el concursado, si los mismos son créditos concursales y en este caso su clasificación, o contra la masa. En el supuesto de este expediente, mediante sentencia, se aprobó el convenio concursal, dicha aprobación se hizo constar en el registro de la propiedad . Con fecha posterior se tomó anotación preventiva letra A, ordenada en procedimiento de Ejecución de Títulos Judiciales, para garantizar un crédito a favor de la Comunidad de Propietarios de la Calle (…) . Así, la anotación es posterior a la aprobación del convenio y la situación registral no ha sufrido modificación alguna en referencia con el estado del concurso, en particular respecto a la posible apertura de la fase de liquidación, ni consta que este extremo se ha comprobado por la registradora, por lo que nada impide la continuidad del procedimiento ni se cuestiona la competencia objetiva para su tramitación.

Fecha: 
Jueves, 23 Julio, 2020