Fecha:
Jueves, 4 Agosto, 2022
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El registrador de la Propiedad deniega la inscripción de una escritura de adjudicación de herencia, exigiendo que debe acreditarse de fehacientemente la inexistencia de herederos forzosos (hijos de los desheredados por el testador). En el caso, en la escritura presentada y en el acta notarial complementaria, se han realizado manifestaciones específicas por las que se expresa que los desheredados carecían de descendientes al tiempo de la apertura de la sucesión. No se considera el defecto. |