El recurso recae sobre una minuta de honorarios expedida por la inscripción de una escritura de constitución de una sociedad de responsabilidad limitada por procedimiento telemático a través del CIRCE. Si como ocurre en este caso, no se utiliza íntegramente el nuevo procedimiento para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada, que presupone utilizar un formato estandarizado de estatutos y escritura, generación de un xml y cumplimentación de campos codificados, la inscripción de la constitución, aun cuando se utilice un procedimiento telemático vía CIRCE, ha de quedar sujeta al procedimiento registral ordinario y al régimen arancelario general, siendo aplicables los conceptos habituales.

Fecha: 
Jueves, 11 Mayo, 2017