El recurso plantea si debe exigirse en una sucesión sujeta a Derecho británico el acompañamiento de la resolución «Probate» , expedida por el «Probate Service». La doctrina de la Dirección General respecto de las sucesiones regidas por la ley británica sobre bienes situados en España, por «professio iuris»y ahora por la establecida en títulos sucesorios otorgados tras la entrada en aplicación del Reglamento Reglamento (UE) 650/2012 ante Notario español, es que no es necesaria para la liquidación sucesoria la obtención de «probate» en Reino Unido ni acreditar la imposibilidad de su obtención.

Fecha: 
Viernes, 23 Octubre, 2020