Fecha:
Martes, 5 Noviembre, 2024
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El recurso aborda una escritura de compraventa de una finca en Llucmajor. La registradora señala que la finca invade parcialmente el dominio público marítimo-terrestre. La recurrente argumenta que la edificación no invade la zona de servidumbre de protección ni la de tránsito; solo la piscina se ubica en la servidumbre de protección, pero no en la de tránsito. Aporta un informe de Costas del 12 de septiembre de 2016. Sin embargo, la registradora indica que la demarcación de Costas del término de Llucmajor fue aprobada el 19 de septiembre de 2016, posterior a la expedición del citado informe. |