Fecha:
Miércoles, 19 Febrero, 2025
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En el presente recurso se debe decidir si es o no inscribible una escritura de rectificación de otra en la que los comparecientes manifiestan que la finca objeto de la escritura de compraventa de 6 de octubre de 1997 es "la urbana número veintiséis. Local comercial, inscrita en el Registro de la Propiedad número siete de Granada, procedente por segregación de la finca 101, y no por error como indica dicho Registro de la finca registral 1/82, tal y como consta en la escritura de segregación y compraventa otorgada en Granada el día 10 de julio de 1.984 ante el Notario don Luis Rojas Montes al número 1.653 de protocolo". |