En el presente caso, se solicita la inscripción de una rectificación de superficie inferior al 5% de la cabida inscrita y al mismo tiempo la inscripción de la representación gráfica georreferenciada catastral de la finca. Tratándose de una rectificación de cabida inferior al 5%, aportándose certificación catastral, no ha quedado suficientemente motivada las razones fácticas que justifican la negativa a practicar la rectificación de la cabida, por cuanto la circunstancia de proceder de segregación y objeto de expropiación, no es suficiente a estos efectos

Fecha: 
Miércoles, 27 Noviembre, 2019