En el presente caso, se presenta por medio de un mandamiento judicial una sentencia que ha decretado la obligación de efectuar un deslinde, además de proclamar la titularidad de una finca con determinada superficie y linderos y finalmente, ordena cancelar las inscripciones contradictorias. Por lo tanto resulta indubitado que sólo procede la cancelación pretendida si con carácter simultáneo se inscriben las modificaciones derivadas del pronunciamiento judicial.

Fecha: 
Martes, 24 Octubre, 2017