Fecha:
Miércoles, 4 Noviembre, 2020
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El objeto del expediente una sentencia dictada en procedimiento declarativo seguido en rebeldía contra la herencia yacente de titular registral. Se señala como defecto que debe dirigirse la acción contra los desconocidos herederos del titular registral, y no haberse nombrado administrador que represente a dichos herederos. Del testimonio de la sentencia resulta que el llamamiento a los desconocidos herederos es genérico y consta la notificación edictal, pero no que se haya llevado a cabo una investigación razonable, sobre la existencia de herederos testamentarios o legales de los titulares registrales de la finca afectada. Se confirma el defecto. |