El objeto del expediente consiste en determinar si puede procederse al depósito de cuentas de una sociedad cuando el preceptivo informe de auditor que las acompaña contiene la siguiente afirmación: «No podemos expresar una opinión sobre las cuentas anuales abreviadas del ejercicio 2012 adjuntas».

Fecha: 
Jueves, 9 Octubre, 2014