El negocio jurídico de la compraventa se regula por la ley vigente en el momento de su otorgamiento. Para inscribir en el registro de la propiedad los títulos de venta de viviendas y locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble, tiene que justificarse que se ha hecho la notificación al titular del derecho de tanteo, es decir, a la Administración de la Generalitat de Catalunya, con los requisitos que impone la ley.

Fecha: 
Viernes, 19 Junio, 2020