En el caso objeto de la presente, existe nombramiento efectivo a favor de persona determinada y la resolución que acuerda el nombramiento es firme en vía administrativa, en tanto que la misma no fue recurrida dentro de plazo, por lo que con mayor razón debe denegarse el depósito de cuentas si no se acompaña del correspondiente informe una vez producido el nombramiento efectivo.

Fecha: 
Jueves, 27 Junio, 2024