En la designación de contador-partidor dativo, la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia, dispone que quien promueva –ante notario – la partición tendrán que notificar su propósito notarialmente a los otros interesados. En el requerimiento inicial al notario, cada uno de los que promueven podrá designar tres contadores-partidores, a fin de escoger uno por sorteo. No podrá hacerse el sorteo hasta transcurridos treinta días hábiles desde las publicaciones o notificaciones y sesenta días hábiles desde el requerimiento inicial al notario. En el caso no se han respetado los plazos.

Fecha: 
Jueves, 22 Abril, 2021