Fecha:
Lunes, 18 Octubre, 2021
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Deniegan la inscripción de la venta venta de una finca rústica por mitades indivisas situadas en un municipio de Andalucía, sin asignación formal de uso individualizado. El registrador comunica a la Junta de Andalucía (al amparo del artículo 80 del Real Decreto 1093/1997) la posible existencia de un acto revelador de parcelación y dicha Administración emite resolución declarando nula la división. No procede la inscripción. |