Deniegan la inscripción de la venta venta de una finca rústica por mitades indivisas situadas en un municipio de Andalucía, sin asignación formal de uso individualizado. El registrador comunica a la Junta de Andalucía (al amparo del artículo 80 del Real Decreto 1093/1997) la posible existencia de un acto revelador de parcelación y dicha Administración emite resolución declarando nula la división. No procede la inscripción.

Fecha: 
Lunes, 18 Octubre, 2021