Debe decidirse en este expediente si es o no inscribible una escritura, otorgada el día 30 de mayo de 2023, de aceptación y adjudicación de las herencias causadas por el fallecimiento de los dos cónyuges; una de las herederas, doña M. S. C., que sucede por derecho de transmisión en una de las herencias y por sustitución vulgar en la otra, nació el día 8 de agosto de 2006, y ha sido emancipada por concesión de su padre, don A. S. C., mediante escritura ante el mismo notario el mismo día 30 de mayo de 2023; se hace constar que, en esa escritura de emancipación, el padre de la emancipada presta su consentimiento expreso "para que pueda por sí sola tomar dinero a préstamo y gravar y enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de cualquier valor". En la escritura de herencia, la menor emancipada acepta pura y simplemente las herencias de sus abuelos en un caso por derecho de transmisión y en el otro por sustitución.

Fecha: 
Miércoles, 27 Diciembre, 2023