Debe decidirse en este expediente si es o no inscribible una escritura de compraventa en la que interesa a efectos de este expediente que en la comparecencia no consta el número de identificación de extranjero (NIE) de la representante de los vendedores, de nacionalidad ucraniana, que se identifica con pasaporte de su nacionalidad. El defecto ha de ser subsanado mediante la constancia en el propio título del número de identificación fiscal requerido.

Fecha: 
Viernes, 22 Noviembre, 2019