Debe decidirse en este expediente si es o no inscribible la transmisión de la mitad indivisa de una finca mediante una escritura de liquidación de sociedad de gananciales y adjudicación de herencia habida cuenta de que dicha finca consta inscrita a favor de persona distinta del causante. Estando inscrito el dominio a nombre de persona distinta del causante de la herencia presentada a inscripción, no cabe acceder a esta mientras no se presenten los títulos oportunos que acrediten las distintas transmisiones efectuadas, o se acuda a alguno de los medios que permite la Ley Hipotecaria para reanudar el tracto sucesivo interrumpido (cfr. artículo 208).

Fecha: 
Martes, 8 Mayo, 2018