La cuestión a resolver en este expediente consiste en determinar si para la inscripción de la constitución en régimen de propiedad horizontal de un edificio situado en la Comunidad de Madrid, que consta descrito en el Registro de la Propiedad, todas las zonas, quedando integrado dicho régimen de propiedad horizontal por 62 elementos privativos, 50 de ellos destinados a aparcamiento, 4 destinados a local con uso de almacén y los 8 restantes destinados a locales con uso de servicios empresariales, es necesario o no acreditar la obtención de autorización administrativa.

Fecha: 
Miércoles, 17 Julio, 2024