Advertidos errores en el Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, publicado en el Boletín Oficial del Estado, número 66, de fecha 17 de marzo de 2007, se procede a efectuar las siguientes rectificaciones:
En la página 11581, en el Anexo I. Andalucía. Granada, donde dice: «De los Registros de la Propiedad de Granada número 1, número 3, número 5 y número 6, resultan los Registros de la Propiedad de Granada número, 1, número 3, número 5, número 6 y los Registros de la Propiedad de Armilla y de La Zubia: Registro de la propiedad de Granada número 1. Registro de la Propiedad de Granada número 3. Registro de la Propiedad de Granada número 5. Registro de la Propiedad de Granada número 6. Registro de la Propiedad de Armilla. Registro de la Propiedad de La Zubia.», debe decir: «De los Registros de la Propiedad de Granada número 1, número 3, número 5 y número 6, resultan los Registros de la Propiedad de Granada número, 1, número 3, número 5, número 6, número 8, número 9 y los Registros de la Propiedad de Armilla y de la Zubia: Registro de la propiedad de Granada número 1. Registro de la Propiedad de Granada número 3. Registro de la Propiedad de Granada numero 5. Registro de la Propiedad de Granada número 6. Registro de la Propiedad de Granada número 8. Registro de la Propiedad de Granada número 9. Registro de la Propiedad de Armilla. Registro de la Propiedad de La Zubia».
En la página 11594, Granada. Registro de la Propiedad de Granada número 5. Circunscripción: 4.ª línea, donde dice: «Jun, Maracena, Nívar, Peligrosos, Pulianas y Víznar.», debe decir: «Jun, Nívar, Peligrosos, Pulianas y Víznar.»
En la página 11594, después del Registro de la Propiedad de Granada número 6 y antes del Registro de la Propiedad de Armilla, debe incluirse: «Registro de la Propiedad de Granada número 8. Capitalidad: Granada. Circunscripción: La zona de la capital que partiendo de Puerta Real baja por la calle Recogidas en toda su acera izquierda o números nones, hasta su intersección con el Camino de Ronda por el que sigue y comprende todos los números pares o parte norte de esta calle entre la citada intersección y el río Genil hasta llegar a la plaza del Humilladero, siguiendo el paseo del Salón y por el paseo de la Bomba hasta la plaza Ingeniero Ricardo de la Cierva, subiendo por la cuesta de los Molinos hasta la calle Vistillas de los Angeles, siguiendo por la cuesta del Caidero hasta llegar a la plaza de Arquitecto García de Paredes y bajando por el callejón del Niño del Rollo hasta el Arco de las Granadas. Sigue por la cuesta de Gomérez hasta Plaza Nueva y continua por la calle Reyes Católicos hasta llegar nuevamente a Puerta Real.
Registro de la Propiedad de Granada número 9. Capitalidad: Granada. Circunscripción: El término municipal de Maracena.»
En la página 11594, Registro de la Propiedad de Santa Fe número 2, Circunscripción, donde dice: «Belicena», debe decir: «Vegas del Genil». Donde dice: «La Mala», debe decir: «La Malahá».
En la página 11609, Registro de la Propiedad de Ciudad Real número 2. Circunscripción, en la línea 21, introducir «Carrión de Calatrava», entre Cañada de Calatrava y Los Cortijos.
En la página 11611, Registro de la Propiedad de Barcelona número 6. Circunscripción, en las líneas 36-37, donde dice: «... hasta llegar a la altura del Registro número 12...», debe decir: «... hasta llegar a la altura del número 12 de dicha calle...»
En la página 11614, después del primer párrafo, relativo al Registro de la Propiedad de L'Hospitalet de Llobregat número 8, se añade lo siguiente: «Además comprende la zona delimitada por la avenida Masnou, avenida Poniente hasta la avenida del Torrente Gornal, línea férrea -Renfe-, calle Teide hasta la avenida Isabel la Católica y de la avenida Isabel la Católica, lado oeste, hasta la plaza Ibiza y la avenida Masnou. Los límites serán los siguientes: al norte, plaza Ibiza número siete, avenida Masnou números pares del dos al ochenta y dos y avenida Poniente números impares del uno al cincuenta y cinco. Al sur la línea férrea -Renfe-. Al este, la avenida del Torrente Gornal números uno al once y al Oeste la avenida Isabel la Católica números pares del treinta y seis al noventa y cuatro».
En la página 11614, Registro de la Propiedad de Manresa número 2. Circunscripción, línea 2.ª, donde dice «... de Segarra, Callús, Castellfollit del Bosc, Casstellnou de...», debe decir: «... de Segarra, Balsareny, Callús, Castellfollit del Bosc, Castellnou de...»
En la página 11614, Registro de la Propiedad de Manresa número 4. Circunscripción, línea 2.ª, donde dice: «El Ponto», debe decir: «El Pont».
En la página 11619, Girona. Registro de la Propiedad de Santa Coloma de Farners número 2. Circunscripción, línea 4.ª, donde dice: «Sant Feliu de Buxalleus», debe decir: «Sant Feliu de Buixalleu».
En la página 11620, Tarragona. Registro de la Propiedad de Tortosa número 2. Circunscripción, línea 4.ª, donde dice: «... Ginestar, Pauls, El Perelló, Rasquera, Roquetes, Tivenys...», debe decir: «... Ginestar, Pauls, El Perelló, Rasquera, Tivenys,...»
En la página 11622, Galicia. Ourense. Registro de la Propiedad de Ourense número 2. Al final de la circunscripción añadir: «Comprende también la sección 2.ª de Ourense que se describe así: la parte del término municipal de Ourense que linda por el sur y este con el río Miño; por el norte, con los municipios de Amoeiro y Coles; y por el Oeste, con el término municipal de Punxín, perteneciente al distrito hipotecario de O Carballiño.»
En la página 11624, Registro de la Propiedad de Leganés número 3. Circunscripción, línea 2, donde dice: «... PP7 y el Sector denominado «Arroyo Culebro», que están...», debe decir «... PP7 del Sector denominado «Arroyo Culebro», que están...»
En la página 11625, Registro de la Propiedad de Madrid número 47. Circunscripción, donde dice: «La sección de Alameda de Osuna...», debe decir: «La Sección de Alameda...»
En la página 11626, Registro de la Propiedad de Pozuelo de Alarcón número 1, Circunscripción: línea 6.ª, donde dice: «... Pozuelo a Boadilla del Monte (M-503), siguiendo por...», debe decir: «... de Pozuelo a Boadilla del Monte (M-513), siguiendo por...».
En la página 11626, Registro de la Propiedad de Pozuelo de Alarcón número 2. Circunscripción: línea 6.ª, donde dice: «... Pozuelo a Boadilla del Monte (M-503), siguiendo por esta...», debe decir: «... Pozuelo a Boadilla del Monte (M-513), siguiendo por esta...».
En la página 11628, País Vasco. Guipúzcoa. Registro de la Propiedad de Tolosa número 2. Circunscripción: líneas 3.ª y 4.ª, donde dice: «... berría, Idiazabal, Lazkao, Gaintza, Zaldibia, Zerain, Mutiloa, Zegama, Ormaiztegi, Gaviria, Segura y Legorreta.», debe decir: «... berría, Idiazabal, Lazkao, Gaintza, Zaldibia y Legorreta.»
En la página 11636, Registro de la Propiedad de Gandia número 5. Circunscripción: líneas 5 a 10, donde dice: «... su intersección con la calle Dos de Mayo, hoy Primero de Mayo -calle que por otro lado delimita en cuanto a los números impares de dicho paseo los pertenecientes al Registro número 1 y al número 3-, y siguiendo dicha calle Primero de Mayo y su prolongación calle Mondúver y discurriendo...», debe decir: «... su intersección con la avenida República Argentina, números impares, y siguiendo dicha avenida, números impares, y su prolongación hasta el Barranco de San Nicolás, discurriendo...»
Líneas 17 y 18, donde dice: «... hasta su intersección con la calle Primero de Mayo, punto de partida...», debe decir: «... hasta su intersección con la avenida República Argentina, punto de partida...»