Habiéndose observado algunos errores en las versiones catalana y castellana de la Ley 10/2010, de 27 de julio, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general en materia de ordenación territorial, urbanismo y de impulso a la inversión, aprobada en la sesión plenaria extraordinaria de día 20 de julio de 2010 y publicada en el BOIB nº. 115, de 5 de agosto de 2010, y una vez subsanados los mismos, se publican las oportunas correcciones en los términos que se indican a continuación:
En la versión catalana:
— En el Título de la Ley:
Allí donde dice: ‘Llei de mesures urgents relatives a determinades infraestructures i equipaments d’interès general en matèria d’ordenació territorial, urbanisme i de impuls a la inversió’.
Ha de decir: ‘Llei de mesures urgents relatives a determinades infraestructures i equipaments d’interès general en matèria d’ordenació territorial,
urbanisme i d’impuls a la inversió’.
— En el Preámbulo de la Ley, en el apartado III:
Allí donde dice: ‘[...] 8/1998, d’1 de juny [...]’.
Ha de decir: ‘[...] 8/1988, d’1 de juny [...]’.
— En el artículo 10, en el apartado 1 c):
Allí donde dice: ‘c) Estar consolidats per a l’edificació o constituïen [...]’.
Ha de decir: ‘c) Estar consolidats per l’edificació o constituïen [...]’.
— En el artículo 14, en el apartado c) del artículo 3 de la Ley 8/1988, de 1 de junio, de edificios e instalaciones fuera de ordenación:
Allí donde dice: ‘c) Aquelles edificacions o construccions implantades legalment o en les que s’hagin executat obres d’ampliació o de reforma [...]’.
Ha de decir: ‘c) Aquelles edificacions o construccions implantades legalment en què s’hagin executat obres d’ampliació i de reforma [...]’.
En la versión castellana:
— En el Preámbulo de la Ley, en el apartado III:
Allí donde dice: ‘[...] 8/1998, de 1 de junio [...]’.
Ha de decir: ‘[...] 8/1988, de 1 de junio [...]’.
— En el artículo 10, en el apartado 1 c):
Allí donde dice: ‘c) Estar consolidados para la edificación o constituían [...]’.
Ha de decir: ‘c) Estar consolidados por la edificación o constituían [...]’.
— En el artículo 14, en el apartado c) del artículo 3 de la Ley 8/1988, de 1 de junio, de edificios e instalaciones fuera de ordenación:
Allí donde dice: ‘c) Aquellas edificaciones o construcciones implantadas legalmente o en las que se hayan ejecutado obras de ampliación o de reforma [...]’.
Ha de decir: ‘c) Aquellas edificaciones o construcciones implantadas legalmente en las que se hayan ejecutado obras de ampliación y de reforma [...]’.