Constituye el único objeto de este recurso determinar si para la constancia registral de una declaración de obra nueva finalizada de la que se aportan las correspondientes coordenadas de la porción de suelo ocupada, es requisito también que con carácter previo se determinen las coordenadas de la finca en la que se ubica dicha construcción. Para que proceda inscribir en el folio real de una finca la existencia de una edificación ubicada sobre ella, el primer presupuesto y requisito conceptual es, obviamente, que tal edificación esté efectivamente ubicada en su integridad dentro de la referida finca y no se extralimite de ella. En el caso de este expediente la nota de calificación, más allá de manifestar que existe una diferencia de superficie respecto a la que figura en Catastro, no expresa ningún motivo para justificar las dudas de extralimitación de la nueva construcción respecto de la finca en la que se ubica, sin que esta mera falta de coincidencia de la finca registral con la situación catastral de las fincas pueda justificar las dudas de que la edificación se encuentre ubicada efectivamente en la finca registral.

Fecha: 
Lunes, 13 Mayo, 2019