Comunidades Autónomas

Se suspende la inscripción de una escritura de compraventa porque no se aporta la correspondiente permiso de segregación, con la representación gráfica georeferenciada de los vértices de la porción segregada. EL artículo 1 de la Ley 13/2015, de 24 de junio de reforma de la LH, en su apartado b establece la obligatoriedad de aportar, junto con el título inscribible, la certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca, y es obligatorio aportar las coordenadas georeferenciadas, dado que la superficie que se segrega no coincide con la que resulta de la certificación catastral descriptiva y gráfica aportada

RESOLUCIÓN JUS/2879/2021, de 21 de septiembre, dictada en el recurso gubernativo interpuesto por Puerto de la Bonaigua, SL, contra la nota de calificación negativa de 6 de mayo de 2021 de la registradora de la propiedad titular del Registro de la Propiedad de Sort (Lleida) que suspende la inscripción de una escritura de compraventa porque no se aporta la correspondiente autorización administrativa de segregación –o, si procede, la declaración de innecesariedad–, con la representación gráfica georeferenciada de los vértices de la porción segregada.

Fecha: 
Viernes, 1 Octubre, 2021

Páginas