Comunidades Autónomas

Se pretende la inscripción de una representación gráfica. Como consta la oposición en plazo, expresa, motivada, y con documentación técnica y gráfica, de varios colindantes, que no son meros titulares catastrales de inmuebles catastrales afectados por la georreferenciación alternativa que se pretende inscribir, sino que ostentan la condición de ser titulares de fincas registrales colindantes, y que sostienen que una zona concreta no es de pertenencia exclusiva del promotor, sino común o mancomunado, además encontrándose el litigio en sede judicial, no procede la inscripción.

Resolución de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad interina de Ubrique, por la que, tras la tramitación del procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria, se deniega la inscripción de la rectificación superficial y descriptiva y de la georreferenciación pretendida

Fecha: 
Miércoles, 29 Diciembre, 2021

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