Boletín Oficial de Estado

Resolución de 16 de marzo de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se jubila al notario de Marbella, don Emilio Iturmendi Morales.

    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, y el Decreto de 19 de octubre de 1973, y visto el expediente personal del Notario de Marbella don Emilio Iturmendi Morales, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Fecha: 
Sábado, 28 Marzo, 2009

Real Decreto 296/2009, de 6 de marzo, por el que se modifican determinados aspectos de la regulación de las prestaciones por muerte y supervivencia.



La Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social, ha introducido diversas modificaciones en la regulación que de la rama de supervivencia se contiene en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, alguna de las cuales exige el correspondiente desarrollo reglamentario.


Fecha: 
Sábado, 21 Marzo, 2009

Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se declara en situación de excedencia voluntaria al notario de Lorca, don Miguel Zúñiga López.

    En vista de lo solicitado por el notario de Lorca, don Miguel Zúñiga López, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial.

    Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado declarar al mencionado notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.

Fecha: 
Viernes, 20 Marzo, 2009

Resolución de 9 de marzo de 2009, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se declara en situación de excedencia voluntaria al notario de Lorca, don Miguel Zúñiga López.



En vista de lo solicitado por el notario de Lorca, don Miguel Zúñiga López, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 109 y demás concordantes del Reglamento Notarial.



Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.f) del Real Decreto 1125/2008, de 4 de julio, ha acordado declarar al mencionado notario en situación de excedencia voluntaria por plazo no inferior a un año.


Fecha: 
Viernes, 20 Marzo, 2009

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