Boletín Oficial de Estado
JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley.
Vacante el cargo de Notario Archivero de Protocolos del Distrito Notarial de Baena, perteneciente al Ilustre Colegio Notarial de Andalucía, y en vista de lo dispuesto en el artículo 294 del vigente Reglamento Notarial,
Vista la instancia del Notario de A Coruña, don Ramón González Gómez, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años,
Vista la instancia del Notario de Salamanca, don José María Gómez Riesco, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación voluntaria por haber cumplido la edad de sesenta y cinco años,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 86.2 de la Constitución, el Congreso de los Diputados, en su sesión del día de hoy, acordó convalidar el Real Decreto-ley 19/2012, de 25 de mayo, de medidas urgentes de liberalización del comercio y de determinados servicios, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 126, de 26 de mayo de 2012.
Se ordena la publicación para general conocimiento.
El artículo 36 apartado 2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, dispone que el procedimiento por el que se regirá la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado se establecerá por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas.
La Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales creó, en sus artículos 79 a 92, el Impuesto sobre Actividades Económicas.
Por su parte, el Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, que aprobó las tarifas e Instrucción del Impuesto señala en su Regla 17.ª que las cuotas nacionales y provinciales serán recaudadas por la Administración Tributaria Estatal.
Advertido error en el anexo de la Resolución de 24 de mayo de 2012 por la que se resuelve el concurso para la provisión de Notarías vacantes, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con fecha 4 de junio, se procede a su rectificación:
En la página 40274 donde dice:
Advertidos errores en la Orden HAP/1181/2012, de 31 de mayo, por la que se aprueba el modelo 250, Gravamen especial sobre dividendos y rentas de fuente extranjera derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades no residentes en territorio español, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 133, de 4 de junio de 2012, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:
Visto el texto de las tablas salariales para el año 2012 del I Convenio colectivo estatal de notarios y personal empleado (Código de Convenio n.º 99018195012010) que fue suscrito con fecha 23 de abril de 2012 por la Comisión Paritaria del Convenio de la que forman parte la asociación empresarial FEDANE en representación de las empresas del sector y las organizaciones sindicales FES-UGT y COMFIA-CC.OO.
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