DECRETO 36/1998, de 4 de febrero, de medidas para la aplicación de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
DECRETO 36/1998, de 4 de febrero, de medidas para la aplicación de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
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LegislaciónDECRETO 36/1998, de 4 de febrero, de medidas para la aplicación de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
ORDRE de 8 d’octubre de 2001, per la qual es determinen els valors i els dissenys dels efectes timbrats de la Generalitat de Catalunya en euros.
Atès que pel Decret 275/1985, de 12 de setembre, es van crear els efectes timbrats de la Generalitat de Catalunya com a mitjà de pagament de les taxes, els tributs propis i les sancions pecuniàries que imposin els òrgans de l’administració de la Generalitat de Catalunya, quan així s’hagi determinat; La circunstancia de que en una escritura se enajene parte de una finca por segregación, no implica duplicidad de concepto para la aplicación del ArancelAranceles y retribuciones notariales. Pluralidad conceptos en una escritura DECRETO 303/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre medidas para facilitar la ejecución urbanística.
El ejercicio de la gestión urbanística ha puesto de manifiesto la falta de normas positivas dirigidas primordialmente a agilizar el procedimiento de gestión, requisito indispensable para el adecuado cumplimiento de las políticas en materia de suelo. DECRETO 26 /1999, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña
Resolución de 15 de mayo de 2014, de la Presidencia del Parlamento de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Acuerdo de Convalidación del Decreto-ley 5/2014, de 22 de abril, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresasConvalidación, Decreto-ley, 5/2014 ORDEN de 25 de enero de 2010, del Vicepresidente del Gobierno, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración, entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía General del Estado, las comunidades autónomas de País Vasco, Cataluña, Galicia, Valencia, Canarias, Andalucía, Navarra y la Comunidad Autónoma de Aragón, de adhesión al convenio del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad en el ámbito de la administración de la justicia.
Uso de papel timbrado por los Notarios del Valle de AránCorrecciones disciplinarias. Circunstancias modificativas responsabilidad En los instrumentos en los que existan varios otorgantes, aparte de que se otorgan en interés común de todos ellos (así, en la compraventa el comprador recibe la cosa y el vendedor el precio), todos responden solidariamente del pago de los derechos notariales, y, de acuerdo con el artículo 1137 CC, el notario podrá dirigirse contra cualquiera de ellos para reclamar la totalidad de los derechos devengados. La entidad reclamante no plantea impugnación de honorarios y la cuestión de la diferencia de la cantidad de 400 euros inicialmente solicitada y la posteriormente reclamada se halla justificada en el informe de la notaria, donde se alega que esos 400 euros obedecía a una provisión de fondos para el caso de un eventual encargo de la gestión documental, que, al no ser encargada, debían ser deducidos.Recurso de alzada interpuesto por don ….., en representación de «Obras y Reformas Kazia, S.L.», contra el acuerdo de la Junta Directiva del Ilustre Colegio Notarial de Valencia de 18 de diciembre de 2017, que desestimó íntegramente la queja presentada contra la Notaria de Viver, doña Eva-María Peiró Fernández-Checa Pages |