LEY 13/2007, de 2 de julio, por la que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, en materia de supervisión del reaseguro.

IJUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.

PREÁMBULO

I

Fecha: 
dimarts, 3 juliol, 2007

LEY 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

A todos los que la presenten vieren y entedieren.

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley.

Índice

Exposición de motivos.

Título preliminar. Del ámbito de aplicación y los principios generales.

Fecha: 
dissabte, 23 juny, 2007

Ley Orgánica 7/2007, de 2 de julio, de Modificación de las Leyes Orgánicas 13/1985, de 9 de diciembre, del Código Penal Militar, y 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, y del Real Decreto-ley 8/2004, de 5 de noviembre, sobre indemnizaciones a los participantes en operaciones internacionales de paz y seguridad.



    JUAN CARLOS I

    REY DE ESPAÑA

    A todos los que la presente vieren y entendieren.

    Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica.

    Preámbulo

Fecha: 
dimarts, 3 juliol, 2007

ORDEN JUS/2385/2007, de 27 de julio, por la que se aclara el apartado 2 de la disposición final segunda y la disposición final tercera del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, en lo relativo a las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas.

El artículo 275 de la Ley Hipotecaria establece que se podrá acordar el establecimiento de nuevos Registros de la Propiedad y Mercantiles, así como la modificación de los existentes cuando así convenga al servicio público, atendido el volumen y movimiento de la titulación sobre bienes muebles y derechos reales. En el ámbito de los Registros Mercantiles y de Bienes Muebles el interés del servicio público lo determinará el incremento del tráfico mercantil.

Fecha: 
dissabte, 4 agost, 2007

ORDEN JUS/2384/2007, de 27 de julio, por la que se aclara la disposición adicional segunda del Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, sobre demarcación Notarial.

El artículo 4 del Reglamento Notarial aprobado por Decreto de 2 de junio de 1944 ordena que la demarcación Notarial sea íntegramente revisada cada diez años. En cumplimiento de dicho mandato, el Real Decreto 173/2007, de 9 de febrero, ha realizado una revisión íntegra de la demarcación Notarial, con la consiguiente aprobación de la demarcación y clasificación Notarial en los términos fijados por el citado Real Decreto.

Fecha: 
dissabte, 4 agost, 2007

RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2007, de la Secretaría General Técnica, relativa a la adhesión de la República de Corea al Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 229, de 25 de septiembre de 1978).

República de Corea.

Adhesion 25 de octubre de 2006.

Entrada en vigor 14 de julio de 2007 entre la República de Corea y los Estados Contratantes, y designa las siguientes Autoridades:

Fecha: 
dijous, 2 agost, 2007

INSTRUCCIÓN de 26 de julio de 2007, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre tramitación de las solicitudes de adquisición de la nacionalidad española por residencia.

El Código Civil establece, en su artículo 22, los plazos y requisitos para adquirir la nacionalidad española por residencia, girando en torno a los conceptos de residencia que «habrá de ser legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición», de buena conducta cívica y de suficiente grado de integración en la sociedad española. Es, fundamentalmente, el Reglamento del Registro Civil en sus artículos 220 a 224 el que regula el procedimiento.

Fecha: 
dimecres, 8 agost, 2007

Resolución de 13 de junio de 2007, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se califican de escasa relevancia determinadas modificaciones de reglamentos de gestión, proyectos constitutivos y estatutos sociales de las Instituciones de Inversión Colectiva.

A efectos de lo establecido en el artículo 12.1 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) y el artículo 14.1 de su Reglamento (RIIC), se considerarán de escasa relevancia las modificaciones de los proyectos constitutivos, reglamentos y estatutos de las Instituciones de Inversión Colectiva que se señalan a continuación:

1. Fondos de Inversión Mobiliaria.

Fecha: 
dijous, 26 juliol, 2007

Circular 1/2007, de 11 de julio, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, sobre requerimientos de información estadística a las Instituciones de Inversión Colectiva de la Unión Europea, que modifica parcialmente la Circular 2/1998, de 27 de julio, sobre requerimientos de información estadística a las Instituciones de Inversión Colectiva de la Unión Monetaria Europea.

La Circular 2/1998, de 27 de julio, de la CNMV, establece los requerimientos de información estadística que las Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) que se consideren en cada momento Institución Financiera Monetaria (IFM), deben remitir a la CNMV, con el fin de que dicha información sea utilizada por el Banco Central Europeo (BCE) para el seguimiento de la política monetaria dentro de la Unión Económica y Monetaria.

Fecha: 
dijous, 26 juliol, 2007

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