La disposición final segunda de la Ley 6/2004, de 21 de diciembre, de Modificación de la Ley de Cajas de Ahorro de Castilla y León, autoriza a la Junta de Castilla y León para aprobar, en el plazo de un año a partir de su entrada en vigor, un Texto Refundido de la Ley de Cajas de Ahorro, incluyendo la posibilidad de regularizar, aclarar y armonizar los textos legales que hayan de ser refundidos. Fecha: dimecres, 27 juliol, 2005
Advertido error en el texto remitido para su publicación del Decreto 37/2005, de 12 de mayo, por el que se regulan los procedimientos administrativos y otras actuaciones complementarias en relación con la adopción de menores, publicado en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 45, de 19 de mayo de 2005, página 8.614, procede transcribir correctamente los párrafos primero y segundo del preámbulo expositivo del mencionado Decreto:
Fecha: dimecres, 13 juliol, 2005
Fecha: divendres, 22 juliol, 2005
El Estatuto de Autonomía de Castilla y León, aprobado por Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, dispone en su artículo 30 que «Los Notarios y Registradores de la Propiedad y Mercantiles serán nombrados para su destino en la Comunidad por la Junta de Castilla y León, de conformidad con las Leyes del Estado».
Fecha: dimecres, 14 setembre, 2005
El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, insta a las Administraciones Públicas a que promuevan la incorporación de técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas en el desarrollo de su actividad y en el ejercicio de sus competencias.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
Advertido error en la publicación de la citada Orden, inserta en el
«Boletín Oficial de Aragón» número 88, de 18 de julio de 2003, se
formula la siguiente rectificación:
En el Anexo de la Orden, que contiene las características del modelo
informatizado N01, en la página 8611, se sustituye el cuadro
identificado como «Cabecera» por el siguiente:
Cabecera
CAMPO DESCRIPCION TIPO LONG. OBLIG.
Advertidos errores en el texto remitido para su publicación, en el cuadro identificado como «Cabecera» del Anexo de la Orden HAC/962/2003, que contiene las características del modelo informatizado N01, página 10687, publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» n.º 148, de 1 de agosto de 2003, se procede como rectificación de los mismos a publicar el cuadro completo:
Valladolid, 11 de noviembre de 2003.
La Secretaria General,
El nuevo sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común, de aplicación desde el 1 de enero de 2002, ha operado, entre otras cuestiones, una ampliación de las competencias normativas de las Comunidades autónomas en relación con los tributos cedidos.
Sea notorio a todos los ciudadanos que las Cortes de Castilla y León han aprobado y yo en nombre del Rey y de acuerdo con lo que se establece en el artículo 16.4 del Estatuto de Autonomía, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente
LEY
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
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