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No cabe la cesión del derecho de voto de determinadas acciones, al margen de la titularidad de éstas, ni siquiera cuando el cesionario también sea accionista.
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Resoluciones-No cabe la cesión del derecho de voto de determinadas acciones, al margen de la titularidad de éstas, ni siquiera cuando el cesionario también sea accionista. Fecha: dijous, 12 febrer, 1998 -1. En el supuesto de reducción de capital social por amortización de acciones propias, la calificación registral sólo debe valorar la validez del acuerdo en sí, pero sin que puede extenderse al proceso previo de formación de la autocartera. Fecha: dimarts, 27 gener, 1998 Anagrama y denominación social1. Las siglas o las denominaciones abreviadas no pueden formar parte de la denominación social. Fecha: dimecres, 14 gener, 1998 La cuestión planteada consiste en dilucidar el concreto alcance del mandato normativo constituido en la disposición transitoria sexta, párrafo 2.º, de la Ley de Sociedades Anónimas, lo que, dado su contenido sancionador, debe estar presidido por un criterio interpretativo estricto (cfr. artículo 4.º del Código Civil)RESOLUCIÓN 12 de diciembre de 1996 de la Dirección General de los Registros y del Notariado en el recurso gubernativo interpuesto por don Ramón Guardans Valles, en nombre y representación de la entidad mercantil «Arkel Sociedad Anónima», contra la negativa del Registrador mercantil de Barcelona número III a inscribir una escritura pública de aumento de capital y modificación y adaptación de Estatutos. Fecha: dimecres, 31 desembre, 1997 Auditoría: prórrogaLa reelección del Auditor -una vez finalizado el plazo por el que se hizo el nombramiento inicial- debe renovarse cada año, por más que pueda repetirse un número indeterminado de veces. Fecha: divendres, 12 desembre, 1997 La transcripción en los estatutos sociales de los quorum de la LSRL de 1953 no evidencia una voluntad especifica de los socios en favor de tales mayorías, sino sólo la voluntad de los mismos de acoger el quorum legal, por lo que, modificado éste, se ha de estar a las nuevas mayorías legales.(La presente resolución reitera, para la S.L., la doctrina que respecto a la S.A. dictó la resolución de 26 de febrero de 1993 (LN, abril), con antecedentes en la de 4 de julio de 1991 (LN, agosto)).RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 1997, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso gubernativo interpuesto por doña Yolanda Rodríguez García, en nombre de la entidad mercantil "Viena Madrid, Sociedad Limitada", contra la negativa de don Juan Pablo Ruano Borrella, Registrador Mercantil de Madrid número XV, a inscribir una escritura de aumento de capital de una sociedad de responsabilidad limitada. Fecha: divendres, 5 desembre, 1997 SA: objeto social; determinaciónObjeto social: Fecha: divendres, 5 desembre, 1997 S.A.: Representación en las juntas.1. La libertad estatutaria que resulta del art. 106 LSA (en orden a la asistencia a las juntas) tiene como límite los supuestos en que la representación la ostenten las personas en que concurran las circunstancias del art. 108 (representación "familiar" o por apoderado "general"). Fecha: divendres, 17 octubre, 1997 -1. La D.Tr. 6ª.2 de la LSA no declara la extinción inmediata de la personalidad de las S.A. afectadas, sino exclusivamente su disolución de pleno derecho. Fecha: divendres, 17 octubre, 1997 -1. La D.Tr. 6ª.2 de la LSA no declara la extinción inmediata de la personalidad de las S.A. afectadas, sino exclusivamente su disolución del pleno derecho. Fecha: dimarts, 7 octubre, 1997 Pàgines |