Comunidades Autónomas

ORDRE de 8 d’octubre de 2001, per la qual es determinen els valors i els dissenys dels efectes timbrats de la Generalitat de Catalunya en euros.



ORDRE de 8 d’octubre de 2001, per la qual es determinen els valors i els dissenys dels efectes timbrats de la Generalitat de Catalunya en euros.

Atès que pel Decret 275/1985, de 12 de setembre, es van crear els efectes timbrats de la Generalitat de Catalunya com a mitjà de pagament de les taxes, els tributs propis i les sancions pecuniàries que imposin els òrgans de l’administració de la Generalitat de Catalunya, quan així s’hagi determinat;

ORDEN de 25 de enero de 2010, del Vicepresidente del Gobierno, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración, entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía General del Estado, las comunidades autónomas de País Vasco, Cataluña, Galicia, Valencia, Canarias, Andalucía, Navarra y la Comunidad Autónoma de Aragón, de adhesión al convenio del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad en el ámbito de la administración de la justicia.



ORDEN de 25 de enero de 2010, del Vicepresidente del Gobierno, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración, entre el Ministerio de Justicia, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Fiscalía General del Estado, las comunidades autónomas de País Vasco, Cataluña, Galicia, Valencia, Canarias, Andalucía, Navarra y la Comunidad Autónoma de Aragón, de adhesión al convenio del Esquema Judicial de Interoperabilidad y Seguridad en el ámbito de la administración de la justicia.

DECRETO 303/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre medidas para facilitar la ejecución urbanística.



DECRETO 303/1997, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre medidas para facilitar la ejecución urbanística.

El ejercicio de la gestión urbanística ha puesto de manifiesto la falta de normas positivas dirigidas primordialmente a agilizar el procedimiento de gestión, requisito indispensable para el adecuado cumplimiento de las políticas en materia de suelo.

DECRETO 26 /1999, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña



DECRETO 26 /1999, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña.



El Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña se constituyó por la Ley 15/1993, de 28 de diciembre, del Parlamento de Cataluña. La creación de este ente fue fruto de la consideración de las telecomunicaciones como un instrumento vital para el funcionamiento ágil y eficaz de las instituciones públicas y privadas.

RESOLUCIÓN ECO/1394/2012, de 30 de junio, por la que se hacen públicos el estado de ejecución del presupuesto de la Generalidad y los movimientos y la situación del Tesoro referidos a 31 de marzo de 2012.

En cumplimiento de lo que dispone el artículo 79 del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña, en relación con la publicación en el DOGC del estado de ejecución del presupuesto de la Generalidad y los movimientos y la situación del Tesoro,

Resuelvo:

DECRETO 208/1998, de 30 de julio, por el que se regula la acreditación de la corrección lingüística de los nombres y apellidos.



DECRETO 208/1998, de 30 de julio, por el que se regula la acreditación de la corrección lingüística de los nombres y apellidos.

El artículo 19 de la Ley 1/1998 de 7 de enero, de política lingüística, dispone que los ciudadanos y ciudadanas de Cataluña tienen derecho al uso de la forma normativamente correcta en catalán de sus nombres y apellidos y a incluir la conjunción "i" entre los apellidos.

CORRECCIÓN DE ERRATA en el Decreto 106/2008, de 6 de mayo, de medidas para la eliminación de trámites y la simplificación de procedimientos para facilitar la actividad económica (DOGC núm. 5131, pág. 37140, de 15.5.2008).

Habiendo observado la omisión de una imagen en el texto del citado Decreto, enviado al DOGC y publicado en el núm. 5131, pág. 37140, de 15.5.2008, se detalla su oportuna corrección:

En la página 37166, en la disposición final primera, después de donde dice .Distintivos de las Oficinas de Turismo., se debe añadir la imagen del distintivo:

 

(Véase imagen en el documento PDF)

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